Procedimiento para el ejercicio de los derechos de rectificación y de supresión.
(artículo 16 del reglamento general de protección de datos personales (RGPD)).- Un interesado de la Entidad efectúa una comunicación a la Entidad ejercitando su derecho de rectificación o su derecho de supresión a sus datos personales, incluida o no su historia Entidad.
- La persona que reciba dicha comunicación se la trasladará de forma inmediata al RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD.
- Después de que haya llegado la solicitud de rectificación o la solicitud de supresión el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD examinará la solicitud a fin de que el responsable del tratamiento resuelva6 sobre ésta en el plazo máximo de diez días a contar desde la recepción de la solicitud7.
- En el caso de que no disponga de datos de carácter personal del afectado deberá igualmente comunicárselo en el mismo plazo. El responsable del tratamiento deberá contestar la solicitud que se le dirija en todo caso, con independencia de que figuren o no datos personales del afectado en sus sistemas de información.
- Transcurrido el plazo sin que de forma expresa se responda a la petición de rectificación o de supresión , el interesado podrá interponer la reclamación prevista en el artículo 12.4 del reglamento general de protección de datos personales (RGPD).
A fin de proceder a dicho examen, el RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD deberá tener en cuenta lo especificado en el ANEXO al presente procedimiento.
Dicha resolución podrá OTORGAR o DENEGAR el ejercicio del derecho de rectificación o de supresión:
OTORGAMIENTO de la RECTIFICACIÓN de los datos:
En este caso se dará lugar a la modificación de los datos que resulten ser inexactos o incompletos, previa notificación fehaciente al interesado.
OTORGAMIENTO de la SUPRESIÓN de los datos:
En este supuesto se dará lugar a la supresión de los datos que resulten ser inadecuados o excesivos, sin perjuicio del deber de bloqueo conforme al Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD), previa notificación fehaciente al interesado.
En los supuestos en que el interesado invoque el ejercicio del derecho de supresión para revocar el consentimiento previamente prestado, se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).
DENEGACIÓN de la RECTIFICACIÓN de los datos:
Podrá denegarse el derecho de rectificación en los supuestos en que así lo prevea una ley o una norma de derecho comunitario de aplicación directa o cuando éstas impidan al responsable revelar a los afectados el tratamiento de los datos a los que se refiera el acceso.
Esta resolución se notificará al interesado.
DENEGACIÓN de la SUPRESIÓN de los datos:
La supresión no procederá cuando:
- Los datos de carácter personal deban ser conservados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables.
- Los datos de carácter personal deban ser conservados durante los plazos previstos en las relaciones contractuales entre la persona o entidad responsable del tratamiento y el interesado que justificaron el tratamiento de los datos.
- Que lo prevea una ley o una norma de derecho comunitario de aplicación directa o cuando éstas impidan al responsable revelar a los afectados el tratamiento de los datos a los que se refiera el acceso.
En todo caso, el responsable del tratamiento informará al afectado de su derecho a recabar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, de las autoridades de control de las comunidades autónomas.
Tutela de derechos- Las actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser objeto de reclamación por los interesados ante la Agencia de Protección de Datos, en la forma que reglamentariamente se determine.
- El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o supresión , podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación
- El plazo máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses.
- Contra las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo.
Para comunicar dicha resolución se enviará la comunicación de forma que se acredite tanto el cumplimiento de la misma, como su contenido. Corresponderá al responsable del tratamiento la prueba del cumplimiento del deber de respuesta, debiendo conservar la acreditación del cumplimiento del mencionado deber.
Procedimiento de supresión o rectificación de datos
¿Cómo se ejercitan el derecho de rectificación y el de supresión?
- EN LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN se deberá indicar:
- A qué datos se refiere.
- La corrección que haya de realizarse.
- Deberá ir acompañada de la documentación justificativa de lo solicitado.
- EN LA SOLICITUD DE SUPRESIÓN, el interesado deberá indicar:
- A qué datos se refiere.
- Aportar al efecto la documentación que lo justifique, en su caso.
Si los datos rectificados o cancelados hubieran sido cedidos previamente, el responsable del tratamiento deberá comunicar la rectificación o supresión efectuada al cesionario, en idéntico plazo, para que éste, también en el plazo de diez días contados desde la recepción de dicha comunicación, proceda, asimismo, a rectificar o cancelar los datos.
La rectificación o supresión efectuada por el cesionario no requerirá comunicación alguna al interesado, sin perjuicio del ejercicio de los derechos por parte de los interesados reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD).
El derecho de rectificación y el de supresión se pueden ejercitar mediante comunicación dirigida al responsable del fichero. Lo puede ejercitar:
El afectado, acreditando su identidad, del modo previsto. Se requiere:
- Nombre y apellidos del interesado.
- Fotocopia de su documento nacional de identidad, o de su pasaporte u otro documento válido que lo identifique y, en su caso, de la persona que lo represente, o instrumentos electrónicos equivalentes; así como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación. La utilización de firma electrónica identificativa del afectado eximirá de la presentación de las fotocopias del DNI o documento equivalente.
- Petición en que se concreta la solicitud.
- Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante.
- Documentos acreditativos de la petición que formula, en su caso.
En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos especificados aquí el responsable del tratamiento deberá solicitar la subsanación de los mismos.
Cuando el afectado se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que le imposibilite el ejercicio personal de estos derechos, podrán ejercitarse por su representante legal, en cuyo caso será necesario que acredite tal condición.
Los derechos también podrán ejercitarse a través de representante voluntario, expresamente designado para el ejercicio del derecho. En ese caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del representado, mediante la aportación de copia de su Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, y la representación conferida por aquél.
Los derechos serán DENEGADOS cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del afectado y no se acreditase que la misma actúa en representación de aquél.
Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio de los derechos de rectificación y supresión .
No se considerarán conformes a lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD) los supuestos en que el responsable del tratamiento establezca como medio para que el interesado pueda ejercitar sus derechos el envío de cartas certificadas o semejantes, la utilización de servicios de telecomunicaciones que implique una tarificación adicional al afectado o cualesquiera otros medios que impliquen un coste excesivo para el interesado.
Cuando el responsable del tratamiento disponga de servicios de cualquier índole para la atención a su público o el ejercicio de reclamaciones relacionadas con el servicio prestado o los productos ofertados al mismo, podrá concederse la posibilidad al afectado de ejercer sus derechos de rectificación y supresión a través de dichos servicios. En tal caso, la identidad del interesado se considerará acreditada por los medios establecidos para la identificación de los clientes del responsable en la prestación de sus servicios o contratación de sus productos.
El responsable del tratamiento deberá atender la solicitud de rectificación y supresión ejercida por el afectado aun cuando el mismo no hubiese utilizado el procedimiento establecido específicamente al efecto por aquél, siempre que el interesado haya utilizado un medio que permita acreditar el envío y la recepción de la solicitud, y que ésta contenga los elementos referidos anteriormente.
El responsable del tratamiento deberá adoptar las medidas oportunas para garantizar que las personas de su organización que tienen acceso a datos de carácter personal puedan informar del procedimiento a seguir por el afectado para el ejercicio de sus derechos.
Cuando las leyes aplicables a determinados tratamientos concretos establezcan un procedimiento especial para la rectificación o supresión de los datos contenidos en los mismos, se estará a lo dispuesto en aquéllas.